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  1. Comisiones

Comisiones

Comisión Compartida del Bachillerato Enseñanza del Castellano y Literatura

Funciones: 

  1. Establecer el perfil del personal docente que impartirá los cursos de la carrera de Enseñanza del Castellano y Literatura, en la disciplina y en Formación Docente.
  2. Proponer ante la respectiva Escuela, la terna del profesorado que se nombrará en cada ciclo lectivo, en función del perfil establecido para los cursos de la disciplina y de Formación Docente.
  3. Llevar a cabo las acciones requeridas para la inducción, el seguimiento y la supervisión al profesorado y al estudiantado, para que cumplan con los objetivos del plan de estudios.
  4. Evaluar periódicamente al personal docente, según lo estipulado al respecto por el Centro de Evaluación Académica, o con base en los requerimientos establecidos en la Comisión Compartida para ese efecto.
  5. Revisar periódicamente el perfil profesional de la respectiva carrera, y actualizarlo cuando sea necesario.
  6. Revisar periódicamente el plan de estudios.
  7. De toda propuesta de modificación al plan de estudios compartido deberá ocuparse la respectiva comisión y hacerlo del conocimiento de las unidades académicas, según la normativa establecida para lo subsecuente. En caso de que no se llegue a un acuerdo en esta materia en el seno de esa comisión, el director o directora del Centro de Evaluación Académica participará con voz y voto para determinar los procesos y cambios que corresponda.
  8. Proponer oportunamente a la Dirección de la Escuela de Formación Docente el cupo de la carrera para el siguiente año, si procede.
  9. Coordinar con las unidades académicas correspondientes, el proceso de admisión de nuevos estudiantes a la carrera.
  10. Velar porque las instancias encargadas realicen una adecuada gestión administrativa de los asuntos de la carrera, tales como el manejo actualizado de los expedientes estudiantiles.
  11. Coadyuvar en la guía académica para que el estudiantado realice sus estudios de modo ordenado, eficiente y provechoso.
  12. Llevar a cabo los procesos relacionados con el diseño, elaboración y ejecución del trabajo final de graduación del estudiantado, según la normativa que rige al respecto.
  13. Nombrar el tribunal asesor del trabajo final de graduación del estudiantado, donde debe participar, al menos, un(a) profesor(a) de la Escuela de Formación Docente y un(a) profesor(a) de la o las Unidades Académicas que ofrecen el tramo disciplinar de la carrera de Enseñanza de Enseñanza del Castellano y la Literatura.
  14. Estudiar y dictaminar las solicitudes que hagan las Sedes Regionales para que se desconcentre la carrera o un tramo de ella.
  15. Coordinar con todas las unidades académicas que imparten cursos para la carrera compartida para que no se produzcan conflictos de horarios entre los cursos, las pruebas o exámenes o cualquier otra actividad académica programada.
  16. Colaborar con el estudiantado en los procesos de prematrícula y matrícula, de modo que obtengan todas las facilidades pertinentes.
  17. Resolver cualquier otro asunto de su competencia que convenga al buen funcionamiento del plan de estudio.
Comisión de Acción Social

Definición:

Es la comisión permanente de las unidades operativas a cargo de la acción social responsable de orientar, estratégicamente, esta actividad sustantiva.

Objetivo:

Velar por la adecuada gestión de los programas y proyectos, tanto en aspectos académicos como presupuestarios

Funciones:

  1. Verificar que los programas y proyectos que se ejecutan cumplan con los requerimientos de la vinculación universidad-sociedad, su pertinencia e impacto; así como las fortalezas propias de la articulación con la docencia y la investigación.
  2. Velar por la adecuada inscripción en la Vicerrectoría de Acción Social de todas las actividades relacionadas con el vínculo universidad-sociedad, tales como congresos, simposios, seminarios, foros, cursos de capacitación, asesorías, consultorías, entre otros; así como –en las Vicerrectorías correspondientes- de todos los proyectos y programas articulados.
  3. Conocer, evaluar y recomendar en primera instancia, las formulaciones de cada proyecto, así como las solicitudes de prórroga, renovación y ampliación de vigencia, cargas académicas y presupuesto de los programas, proyectos y otras actividades de acción social, de acuerdo con las normas, procedimientos e instrumentos elaborados por esta Vicerrectoría y por la Institución.
  4. Trasladar las recomendaciones a la persona que ocupe el cargo de Dirección de la unidad académica, unidad de investigación o administrativa para el trámite administrativo ante la Vicerrectoría de Acción Social.
  5. Conocer, evaluar y recomendar en primera instancia, la suspensión o cierre de los programas o proyectos. Para ello, deberá presentarse una justificación detallada a la Vicerrectoría de Acción Social, la que ratificará la decisión y procederá según corresponda.
  6. Conocer, evaluar y recomendar la aprobación de los informes de labores, parciales y finales, de cada programa o proyecto, tanto para los proyectos que dispongan de financiamiento proporcionado por la Universidad de Costa Rica, como aquellos que tienen vinculación externa, de manera que respondan a la propuesta presentada. La Vicerrectoría de Acción Social podrá facilitar instrumentos como apoyo para este fin.

 

Comisión de Autoevaluación y Gestión de Calidad

Definición:

La Comisión de Autoevaluación y Gestión de la Calidad es el órgano colegiado consultivo a cargo de la coordinación y gestión de los procesos de autoevaluación, gestión de la calidad y excelencia para una carrera; a partir de los cuales, diseña, promueve y monitorea de manera permanente el cumplimiento efectivo de las acciones tendencias a la mejora y sostenibilidad del estado de calidad de esa carrera. Todo ello, en coordinación y apoyo de las autoridades superiores jerárquicas.

Objetivo:

Llevar a cabo el proceso de autoevaluación de las carreras de Bachillerato y Licenciatura en Filología Española, y del Bachillerato y Licenciatura en Filología Clásica, con miras a la acreditación. 

Funciones:

  1. Analizar periódicamente las condiciones de calidad y excelencia de la carrera en las áreas sustantivas de la Universidad para favorecer los procesos de mejora continua.
  2. Gestionar ante la Asamblea correspondiente lo relacionado con acuerdos y aprobaciones de procesos de autoevaluación, informes y compromisos de mejoramiento.
  3. Dar sostenibilidad a los procesos de gestión de la calidad y la excelencia desarrollados por la carrera.
  4. Gestionar y desarrollar el proceso de evaluabilidad cuando corresponda, así como realizar una propuesta de autoevaluación que contenga, al menos, justificación, objetivos, actividades, responsables, recursos necesarios, presupuesto y cronograma. Ambos deberán ser revisados por el CEA y, posteriormente, formalizados por la VD.
  5. Garantizar, en las distintas etapas del proceso de autoevaluación, la transparencia y la participación de las diferentes poblaciones que conforman la unidad académica: docentes, estudiantes, personal administrativo. Además, involucrar a otras poblaciones que son parte de este proceso, tales como población graduada, sector empleador, colegios profesionales y otras que se consideren pertinentes.
  6. Desarrollar estrategias de comunicación en las diferentes fases de los procesos de gestión de la calidad y la excelencia, para mantener informadas a las poblaciones sobre los avances y resultados.
  7. Coordinar con el CEA las actividades de formación dirigidas a la unidad académica en relación con los procesos de gestión de la calidad y la excelencia, tales como: análisis de evaluabilidad, autoevaluación, diseño y ejecución del compromiso de mejoramiento, entre otros.
  8. Ejecutar el proceso de autoevaluación, en el marco de los lineamientos establecidos por el CEA. En el caso de la acreditación, la reacreditación o la certificación internacional, se considerarán, además, los lineamientos del ente acreditador. Elaborar un informe de autoevaluación que contenga la descripción, análisis y valoración crítica de los aspectos evaluados, siguiendo los lineamientos establecidos por el CEA y, cuando corresponda, los del ente acreditador.
  9. Elaborar un compromiso de mejoramiento que atienda las debilidades prioritarias y las oportunidades de mejora, siguiendo los lineamientos establecidos por el CEA y, cuando corresponda, los del ente acreditador.
  10. Utilizar los recursos disponibles y buscar fuentes alternativas de financiamiento para la ejecución de las acciones de mejora, en coordinación con la dirección de la EFLL.
    • Cuando los compromisos impliquen recursos adicionales provenientes de otras instancias universitarias, más allá del alcance de la unidad académica, estos deberán ser previamente negociados y acordados oficialmente con las instancias correspondientes.
  11. Coordinar con la dirección de la EFLL el envío al CEA de los compromisos de mejoramiento.
  12. Brindar, a la autoridad superior jerárquica, informes periódicos de las actividades realizadas por la Comisión, según acuerdos previamente establecidos.
Comisión de Comunicación

Objetivo:

Planificar y ejecutar un plan de comunicación, dirigido al estudiantado, donde se le informe sobre aspectos afines con el quehacer universitario.

Funciones:

  1. Informar al estudiantado sobre:

a. el plan de estudios de las carreras que se imparten en la Escuela de Filología, Lingüística y Literatura

b. los trámites administrativos vinculados con los asuntos estudiantiles

c. la normativa aplicable en la Universidad de Costa Rica

d. las actividades institucionales

Comisión de Docencia

Objetivo:

Fungir como órgano consultivo, asesorar y colaborar con la Dirección de la Unidad Académica en los procesos docentes y curriculares, los proyectos docentes, y los procesos de equiparación y reconocimiento de títulos, grados y diplomas.

Funciones:

  1. Colaborar en el diseño de nuevas carreras, así como en la revisión y actualización del currículum de las existentes, a la luz de normativa institucional, y las necesidades del país y la Universidad.
  2. Velar por el cumplimiento y divulgación del plan de estudios de las carreras impartidas por la unidad, así como de los programas de los cursos.
  3. Estudiar y emitir recomendación a la Dirección de la Unidad Académica sobre las solicitudes de reconocimiento y equiparación de estudios y títulos que lleguen a la Unidad Académica.
  4. Planificar, coordinar, gestionar y evaluar acciones tendientes a la mejora del quehacer docente en la Unidad Académica, así como la formación y evaluación del profesorado de la Unidad Académica.
  5. Estudiar y dictaminar los proyectos docentes de la Unidad Académica que se propone presentar ante la Vicerrectoría de Docencia.
  6. Como instancia que analiza, dictamina y da seguimiento a los proyectos docentes presentados ante la Vicerrectoría de Docencia, deberá:       
  • Asesorar al personal docente en la formulación de proyectos de docencia, de acuerdo con los criterios establecidos al respecto en la normativa universitaria.
  • Recibir y analizar proyectos de docencia propuestos en su Unidad Académica, mediante el formulario de la Oficina de Planificación Universitaria, y de acuerdo con los procedimientos establecidos para este efecto.
  • Emitir criterio sobre la pertinencia académica y factibilidad financiera de las acciones contempladas en los Proyectos de Docencia internos e interuniversitarios.
  • Remitir el dictamen de los proyectos aprobados a la Dirección de la Unidad Académica para el aval correspondiente, quien a su vez lo enviará a la Vicerrectoría de Docencia para el trámite respectivo.
  • Recibir y emitir criterio sobre los informes parciales y finales que se deriven de la participación de la Unidad Académica en la ejecución de proyectos de docencia internos e interuniversitarios, e informar del dictamen respectivo a la(s) persona(s) responsable(s) del proyecto.
  • Remitir con el respectivo dictamen el informe parcial o final a la Dirección de la Unidad Académica para su revisión, aval y envío correspondiente a la Vicerrectoría de Docencia para el trámite respectivo.
  • Emitir criterio académico y financiero sobre solicitudes de prórroga de vigencia de los proyectos de docencia, ante la Dirección de la Unidad Académica para su revisión y aval correspondiente. En caso de obtenerlo, la dirección enviará el proyecto a la Vicerrectoría de Docencia para el trámite respectivo.

En el análisis, dictamen y seguimiento de los proyectos de la Unidad Académica inscritos ante la Comisión Nacional de Rectores, deberá:

  • Colaborar con la Dirección de la Unidad Académica en el dictamen de los proyectos que se propone presentar ante la Comisión Nacional de Rectores en el área de Docencia.
  • Velar por el cumplimiento de los lineamientos y procedimientos que estipule la Comisión de Vicerrectores de Docencia del Consejo Nacional de Rectores (CONARE) en referencia a los proyectos del Fondo Especial para la Educación Superior (Fondos FEES).

 

Comisión de Estudio Independiente

Funciones:

  1. Orientar a los estudiantes de este sistema de estudio.
  2. Servir de enlace entre el Comité de Estudio Independiente, los profesores y los estudiantes.
  3. Proponer al director o decano de la Unidad Académica la fecha durante cada ciclo para los exámenes por suficiencia.
  4. Elevar en los casos de conflictos al decano o director de la Unidad Académica el problema para su resolución.

 

Comisión de Evaluación en Lenguas Clásicas (Régimen Académico)

Objetivo: 

Con base en el Reglamento de Régimen Académico y Servicio Docente, artículo 47 inciso e) Idiomas, la Escuela de Filología, Lingüística y Literatura, por medio de la Comisión de Lenguas Clásicas, es la encargada de certificar el conocimiento de idiomas clásicos. Para este propósito, se elaboró el documento Criterios para otorgar puntaje en idiomas clásicos para ascenso en Régimen Académico, accesible para la comunidad universitaria en la página web de la Escuela.

Funciones:

1. Realizar un estudio de los atestados de docentes presentados ante la Escuela de Filología, Lingüística y Literatura para otorgar el puntaje correspondiente a los cursos aprobados, de acuerdo con el documento Criterios para otorgar puntaje en idiomas clásicos para ascenso en Régimen Académico.

2. Programar y divulgar a la comunidad universitaria las fechas de matrícula de cursos de lenguas clásicas de la Escuela de Filología abiertos a docentes interesados en ascenso en Régimen Académico.

3. Registrar la matrícula de estos docentes, así como sus calificaciones al finalizar el curso, para enviar la información correspondiente al puntaje obtenido a la Dirección de la Escuela para su certificación.

4. Programar y divulgar a la comunidad universitaria las fechas de matrícula de exámenes de suficiencia de lenguas clásicas abiertos a docentes interesados en ascenso en Régimen Académico.

5. Preparar, aplicar y calificar los exámenes de suficiencia de lenguas clásicas para enviar la información correspondiente al puntaje obtenido a la Dirección de la Escuela para su certificación.

6. Responder consultas de docentes interesados en obtener puntaje en lenguas clásicas para ascenso en Régimen Académico.

Comisión de Evaluación en Lenguas Indígenas (Régimen Académico)

Objetivo: 

Cumplir con lo estipulado en el Capítulo 7 Ascenso en Régimen Académico, artículo 47, inciso e), del Reglamento de Régimen Académico y Servicio Docente

Funciones: 

1. Recibir y analizar la solicitud del profesorado interesado en que se le evalúe en una lengua indígena de Costa Rica. 

2. Comunicar el criterio para la asignación del puntaje al profesor y resolver si corresponde asignarle puntaje.

3. Comunicar el resultado a la Escuela de Filología, Lingüística y Literatura una vez comprobado que se cumple con el criterio para asignarle el puntaje, de modo que se emita el certificado correspondiente. 

 

Comisión de Evaluación y Orientación

Objetivos:

  1. Servir como órgano asesor de la dirección en los aspectos que correspondan a la aplicación de este reglamento.
  2. Facilitar y vigilar la correcta aplicación de este reglamento.

Funciones:

  1. Brindar orientación académica.
  2. Buscar solución a los problemas presentados en torno a exámenes y a otros recursos de evaluación.
  3. Velar por la reposición solicitada de exámenes y trabajos.
  4. Fiscalizar los casos de estudiantes en condición de matrícula restringida.
  5. Conocer y dictaminar, con la Unidad de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil correspondiente, sobre las solicitudes de interrupciones de estudio que la dirección someta a su consideración en el transcurso del ciclo lectivo.
  6. Resolver sobre cualquier otro asunto referente a evaluación y orientación académica dentro del marco general.
  7. Informar, en caso necesario, ante la autoridad correspondiente de los casos de incumplimiento en la aplicación de este Reglamento por parte de los profesores.
  8. Integrar tribunales de especialistas para solicitar su pronunciamiento sobre un determinado problema y apelaciones, en el término que la misma comisión les indique.
Comisión de Investigación

Definición:

Es la comisión encargada de evaluar, dar seguimiento y emitir recomendaciones sobre los programas y proyectos de investigación, así como de las actividades de apoyo a la investigación que se realicen en la EFLL.

Objetivo:

Evaluar, dar seguimiento y emitir recomendaciones sobre los programas y proyectos, así como las actividades de apoyo a la investigación que se realicen en las escuelas, las facultades no divididas en escuelas o en las sedes regionales.

Funciones:

  1. Conocer, evaluar y recomendar la modificación, aprobación o rechazo de los programas y proyectos, así como de las actividades de apoyo a la investigación que presenten los investigadores y el Reglamento de la Investigación en la Universidad de Costa Rica Consejo Universitario – Unidad de Información investigadoras, de acuerdo con los instrumentos diseñados por la Vicerrectoría de Investigación.
  2. Analizar y recomendar a la dirección académico-docente de la unidad académica si el presupuesto y las cargas académicas son acordes con la propuesta de investigación.
  3. Evaluar los informes presentados sobre los programas y proyectos, así como las actividades de apoyo a la investigación, independientemente del tipo de financiamiento recibido por estos, de acuerdo con los criterios definidos por la Vicerrectoría de Investigación.
  4. Recomendar, mediante un informe detallado, la ampliación de vigencia, cierre, suspensión o reactivación de los programas y proyectos, así como de las actividades de apoyo a la investigación aprobadas, según los criterios de evaluación e instrumentos establecidos por la Vicerrectoría de Investigación.
  5. Asesorar a los investigadores e investigadoras en la formulación y gestión de proyectos, mediante criterios basados en la producción académica.
  6. Informar a las autoridades correspondientes sobre las situaciones de incumplimiento en las que incurran los investigadores e investigadoras.
  7. Elaborar un informe anual sobre los programas y proyectos, así como de las actividades de apoyo a la investigación desarrolladas en la unidad académica y remitirlo a la dirección académico docente para su aprobación.
  8. Remitir los proyectos de investigación para que sean evaluados y aprobados por el Comité Ético-Científico (CEC), la Comisión Institucional para el Cuido y Uso de los Animales (CICUA) o del Comité Institucional de Biodiversidad, cuando corresponda, y según realicen investigación en seres humanos, utilicen animales o manipulen material biogenético, y de acuerdo con los requerimientos de la normativa institucional respectiva.
  9. Solicitar a la dirección académico-docente que se gestione la evaluación por pares académicos externos a las unidades académicas del investigador o de la investigadora, si se considera necesaria dicha valoración para dictaminar el programa o proyecto o la actividad de apoyo a la investigación.
Comisión de Matrícula

Objetivo:

Coordinar los procesos de prematrícula regular y prematrícula de inclusión para los tres ciclos lectivos al año.

Funciones:

  1. Coordinar los procesos de prematrícula regular y prematrícula de inclusión para los tres ciclos lectivos al año.
  2. Asignarle a cada estudiante un profesor encargado de revisar su proyecto de matrícula para los tres ciclos lectivos al año.
  3. Resolver las dudas tanto de los estudiantes como de los profesores encargados de revisar los proyectos de matrícula en lo concerniente al proceso.
Comisión de Trabajos Finales de Graduación

Definición:

Esta comisión es la encargada de conocer, analizar y aprobar los proyectos de trabajo final de graduación presentados por el estudiantado empadronado en las respectivas carreras de la EFLL.

Objetivos:

  1. Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Trabajos Finales de Graduación.
  2. Evaluar periódicamente los asuntos relacionados con la presentación de propuestas de trabajos finales de graduación

Funciones:

  1. Analizar los proyectos de tesis con el fin de aprobarlos, solicitar modificaciones o improbarlos.
  2. Examinar las propuestas de los seminarios de graduación que haga la Dirección de la unidad Académica o los docentes, con el objeto de aprobarlos, modificarlos o improbarlos.
  3. Examinar las propuestas de proyectos de graduación que, por medio de la Dirección de la Escuela, planteen los estudiantes, que deseen acogerse a dicha opción de graduación, en el fin de aprobarlas, modificarlas o improbarlas.
  4. Aprobar, modificar o rechazar los planes de práctica dirigida de graduación presentados por los estudiantes, por medio de la Dirección de la Escuela.

 

[ Más información sobre la Comisión de Trabajos Finales de Graduación ]

Comisión de Trabajos Finales de Graduación de la Licenciatura en Enseñanza del Castellano y Literatura

Definición:

Esta comisión es la encargada de conocer, analizar y aprobar los proyectos de trabajo final de graduación presentados por el estudiantado empadronado en la respectiva carrera.

Objetivos:
1. Revisar los anteproyectos presentados por el estudiantado para inscribir un Trabajo Final de Graduación en la Licenciatura en la Enseñanza de Castellano y la Literatura.

2. Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento General de los Trabajos Finales de Graduación en Grado para la Universidad de Costa Rica.

Funciones:
1. Analizar los anteproyectos de tesis, seminarios, proyectos o prácticas dirigidas de graduación, con el fin de aprobarlos o improbarlos.

  1. Solicitar modificaciones al estudiantado, en aquellos casos donde su anteproyecto ha sido improbado.
  2. Examinar la incorporación de las modificaciones solicitadas a los anteproyectos, con el fin de aprobarlos.
Comisión en Español como Segunda Lengua (Régimen Académico)

Objetivo: 

Cumplir con lo estipulado en el Capítulo 7 Ascenso en Régimen Académico, artículo 47, inciso e), del Reglamento de Régimen Académico y Servicio Docente

Función:

1. Aplicar exámenes de proficiencia del español como segunda lengua para profesores que quieren ascender en Régimen Académico.